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DIAS INHÁBILES DEL AÑO 2019 DEL IMPI.

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DEL AÑO 2019 DEL INSTITUTO
MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

IMPI.com.mx | Por: IMPI |

DOF: 25/01/2019

Al margen un logotipo, que dice: IMPI.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

NESTOR GARCIA AGUILAR, Director Divisional de Asuntos Jurídicos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en ausencia del Director General, conforme a los artículos 1o., 3o. fracción V, inciso i) y 6o. primer párrafo del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 1o., 4o., 5 fracción V, inciso i) y 42 de su Estatuto Orgánico, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V, VI, IX y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 6o., 7o., 7o. BIS 1 y 7o. BIS 2 de la Ley de la Propiedad Industrial, y 3o. de su Reglamento, yCONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley de la Propiedad Industrial, presta servicios al público usuario en los cuales deben atenderse diversos plazos;Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación, los días que no se considerarán hábiles, así como aquéllos en los cuales se suspenderán las labores de las autoridades;Que la mayoría de los servicios que presta este Instituto están sujetos al pago de tarifas, mismos que se realizan ante diversas Entidades Financieras y las cuales cierran sus puertas y suspenden operaciones en los días determinados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a través de publicación en el Diario Oficial de la Federación, yQue atendiendo a dichas disposiciones legales, con la finalidad de no afectar la prestación de servicios al público usuario, he tenido a bien en expedir el siguiente:ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DEL AÑO 2019 DEL INSTITUTO
MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Artículo 1o. Para efectos de lo dispuesto por los artículos 184 de la Ley de la Propiedad Industrial y 4o. de su Reglamento, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial considerará como días inhábiles, además de los sábados y domingos, los siguientes días del año 2019:

Febrero
Lunes 4, en conmemoración del día 5.
Abril
Lunes 18, en conmemoración del día 21.
Marzo
Jueves 18 y viernes 19.
Mayo
Miércoles 1.
Septiembre
Lunes, 16.
Noviembre
Lunes 18, en conmemoración del día 20.
Diciembre
Jueves 12.

Ártículo 2o. El día jueves 12 de diciembre no implica la suspensión de labores para el personal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, quien laborará sin servicio de atención al público ni recepción de documentos en todas sus sedes.TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.Ciudad de México, a 10 de enero de 2019.- El Director Divisional de Asuntos Jurídicos, Néstor García Aguilar.- Rúbrica.(R.- 477171)

Leer más desde la fuente original: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5548802&fecha=25/01/2019