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SE DETERMINA QUE EL DÍA 09/03/2020, NO CORRERÁN LOS PLAZOS PROCESALES.

ACUERDO SS/8/2020 por el que se determina que el día 9 de marzo de 2020, no correrán los plazos procesales.

Por: dof.gob.mx/

DOF: 10/03/2020
ACUERDO SS/8/2020 por el que se determina que el día 9 de marzo de 2020, no correrán los plazos procesales.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Pleno General de la Sala Superior.- Secretaría General de Acuerdos.ACUERDO SS/8/2020
SE DETERMINA QUE EL DÍA 9 DE MARZO DE 2020, NO CORRERÁN LOS PLAZOS PROCESALES.Con fundamento en los artículos 9, 16, fracciones IX y XII, 65, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y 6o., penúltimo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, vigente conforme a lo establecido en el artículo Quinto Transitorio, tercer párrafo, del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 18 de julio de 2016, yCONSIDERANDO
PRIMERO.- Que en términos del artículo 65, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de este Tribunal, el Pleno General de la Sala Superior podrá determinar los días de suspensión de los plazos procesales.SEGUNDO.- Que en razón del Comunicado de Prensa 044/2020, de 26 de febrero de 2020, del Poder Judicial de la Federación, de rubro: «EL DÍA 9 DE MARZO SE MANTENDRÁN HORARIOS DE ATENCIÓN EN LA SCJN Y EL CJF; SIN EMBARGO NO CORRERÁN PLAZOS NI SE REALIZARÁN ACTUACIONES JUDICIALES.«, y toda vez que este Órgano Jurisdiccional se encuentra obligado a acatar los términos y plazos procesales que establece el Poder Judicial en lo que conlleva el trámite de los Juicios de Amparo y Recursos de Revisión Fiscal promovidos en contra de las sentencias que este Tribunal dicta; el Pleno General de la Sala Superior de este Órgano Jurisdiccional, emite el siguiente:ACUERDO
PRIMERO.- Se determina que el día 9 de marzo de 2020, será inhábil pero laborable en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, lo que implica que no correrán plazos procesales, sin que ello derive en el cierre de las oficinas de las Salas que componen este Órgano Jurisdiccional, las que mantendrán un horario de atención ordinario.SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Tribunal.Así lo acordó el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de cuatro de marzo de dos mil veinte, por mayoría de votos.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el Licenciado Tomás Enrique Sánchez Silva, Secretario General de Acuerdos, quien da fe.- Rúbricas.(R.- 493373)

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